Pago de la tasa T0 de ayudas a la navegación para embarcaciones deportivas
Descripció del tràmit
De acuerdo con lo que establece el texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la Marina Mercante en el artículo 240.1.e), las embarcaciones deportivas o de recreo de eslora inferior a 9 metros y propulsión en motor tienen que pagar la tasa, una sola vez en el momento de su matriculación.
La Autoridad Portuaria de Barcelona (APB) es la encargada de recaudar esta tasa para todas las embarcaciones que tengan puerto base en el litoral de las provincias de Barcelona y Gerona.
Quedan exentas del pago de la tasa, las embarcaciones con eslora inferior a 12 metros si su propulsión es la vela.
Resultat
Permite al sujeto pasivo el pago de la tasa obtener el documento acreditativo de su pago para poder realizar la matriculación de la embarcación.
Servei al qual pertany
Gestión económica y financiera
Departament responsable de la tramitació
Departamento SAU
Qui pot realitzar el tràmit
Dueños de embarcaciones deportivas o de recreo de eslora inferior a 9 metros y propulsión en motor que tengan que estar provistas de certificado de registro español-permiso de navegación, rol de despacho o dotación de fuselajes.
Documentació a presentar
Tiene que aportar documentación suficiente para acreditar la eslora, la manga y el tipo de propulsión de la embarcación.
Com iniciar el tràmit
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las Administraciones públicas, en el artículo 14.2. cita a los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones publicas.
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Telemàticament
Para iniciar el trámite electrónico es indispensable estar en posesión de clave concertada o de un certificado digital.
Para obtener clave concertada: Puede consultar el trámite por la obtención de clave concertada que permite realizar los trámites utilizando un usuario y una contraseña. Con la clave concertada podrá hacer un seguimiento de las solicitudes realizadas o trámites que están en curso .
Estando en posesión de la clave concertada puede proceder a iniciar el trámite.
Para obtener certificado digital: Puede ser el DNI electrónico o un certificado de alguna Autoridad de Certificación como la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o CatCert. Si no dispone de uno, a la página de preguntas frecuentes tiene información de cómo conseguirlo.
Horario: servicio disponible las 24 horas, cualquier día.
Estando en posesión del certificado digital puede proceder a iniciar el trámite.
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Presencialment
Sólo para sujetos no obligados
Servicio de Acceso Unificado (SAU):
Edificio Este del World Trade Center
Planta baja
Muelle de Barcelona
s/n 08039 Barcelona
Tel.: 93 298 60 00
Horario de Atención General de la oficina SAU de lunes a viernes, desde las 7:30h a las 17:00h.
Horario Exclusivo para Citas Previas Concertadas de lunes a jueves entre las 17:00 y 19:00h. Estas citas previas habrá que concertarlas a través del correo del SAU: sau@portdebarcelona.cat
Durante el mes de agosto el horario será exclusivamente de lunes a viernes de 7:30 a las 15:00h.
Termini màxim legal de notificació
Termini habitual de resolució
Silenci administratiu
Taxes o tarifes aplicables
Según tasas vigentes aprobadas
Normativa aplicable
Título VII, Capítulo II, subsección 5ª del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la marina mercante