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Solicitud de balizamiento

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Solicitud de balizamiento

Descripció del tràmit

Trámite que permite la solicitud de un nuevo balizamiento o modificación significativa de los existentes que requieran autorización expresa de Puertos del Estado, o sea todos, por obstáculos artificiales en la zona de servicio del Puerto de Barcelona o al litoral de Gerona y Barcelona cuando se trate de obstáculos naturales. La solicitud se tramita según el procedimiento publicado vigente.

CÓDIGO SIA: 2410299

 

Resultat

Autorización de instalación de un nuevo balizamiento o modificación de uno existente.

 

Servei al qual pertany

Servicios de ayuda a la navegación

 

Departament responsable de la tramitació

Departamento de Conservación y Ayudas a la Navegación

 

Qui pot realitzar el tràmit

Cualquier persona física o jurídica forme parte o no de organismos públicos o privados.

 

Documentació a presentar

  1. Formulario de solicitud de balizamiento debidamente llenado
  2. Plano del balizamiento actual y la relación de señales marítimas existentes, solo en los casos de balizamientos ya existentes.
  3. Breve memoria justificativa de la necesidad, o bien, el proyecto de señalización marítima (no es necesario aportar el proyecto completo).
  4. Parte de la Carta Náutica, o plano del entorno, donde se presente la instalación a balizar, en formato A3 o A4.
  5. Plano acotado de la planta de la instalación, o elemento a balizar, que incluya todos los posibles obstáculos a la navegación (anclas, lastres, ...), con batimetría, indicando fecha, marca del Norte y escala gráfica. El formato será A3 o A4 y se marcarán, al menos, tres (recomendable 4) puntos de referencia para los que se darán sus coordenadas geográficas en datum WGS84, con precisión de milésimas de minuto. Lo anterior podrá sustituirse por un fichero georreferenciado en coordenadas geográficas WGS84, preferiblemente en formato KMZ/KML o JPG (más fichero .TAB).
  6. En el caso de primera instalación o modificación, será necesario adjuntar una foto de la señal.
  7. En el caso de supresión definitiva, será necesario un documento explicando el motivo por el cual se solicita la supresión de la señal. Si se trata de una instalación de acuicultura, u otro obstáculo artificial, además, será precisa la confirmación por escrito de que las aguas han quedado sin peligro para la navegación marítima.

 

Para más información contactar con el Servei d'Ajudes a la Navegació: aton@portdebarcelona.cat

 

Com iniciar el tràmit

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las Administraciones públicas, en su artículo 14.2. cita a los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas. 

Es necesario que la solicitud se realice con antelación suficiente. Téngase en cuenta los   plazos administrativos y si es necesario la previsión de adquisición de los equipos y 

  • Telemàticament

    Para presentar la documentación electrónicamente es indispensable estar en posesión de un certificado digital como el DNI electrónico o un certificado de alguna Autoridad de Certificación como la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o CatCert. Si no dispone de uno, en la página de preguntas frecuentes tiene información de cómo conseguirlo.

    Estando en posesión de vuestro certificado válido podéis entregar la documentación al registro electrónico.

    Horario: servicio disponible las 24 horas, cualquier día.

  • Presencialment

    Sólo para sujetos no obligados

     

    Servicio de Acceso Unificado (SAU):

    Edificio Este del World Trade Center
    Planta baja 

    Muelle de Barcelona s/n
    08039 Barcelona 

    Tel.: 93 298 60 00 


    Horario de Atención General de la oficina SAU de lunes a viernes, desde las 7:30h a las 17:00h.

    Horario Exclusivo para Citas Previas Concertadas de lunes a jueves entre las 17:00 y 19:00h. Estas citas previas habrá que concertarlas a través del correo del SAU: sau@portdebarcelona.cat
    Durante el mes de agosto el horario será exclusivamente de lunes a viernes de 7:30 a las 15:00h.

 

Termini màxim legal de notificació

 

Termini habitual de resolució

Balizamiento urgente: 72 horas

Balizamiento provisional: 1 semana

Balizamiento definitivo: 6 meses

 

Silenci administratiu

 

Taxes o tarifes aplicables

 

Normativa aplicable

Artículo 137 del Capítulo IV del Real Decreto Legislativo 2/2011 del 5 de septiembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de puertos del estado y de la marina mercante (TRLPEMM)

Procedimiento general para la tramitación de nuevos abalizamientos o modificación de los existentes cuandose requiere autorización expresa de Puertos del Estado


 

 

 

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