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Solicitud de permiso de obra menor / instalación / actuación puntual

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Solicitud de permiso de obra menor / instalación / actuación puntual

Descripció del tràmit

Procedimento que habilita a su titular a llevar a cabo obras menores, instalaciones y cualquier actuación puntual en el territorio portuario. El periodo de validez depende del alcance de la actuación.

CODIGO SIA: 2410068

 

Resultat

Resolución de otorgamiento o de denegación del permiso de obra menor / instalación / actuación puntual

 

Servei al qual pertany

Gestión del territorio

 

Departament responsable de la tramitació

Planificación territorial, Gestión Técnica de Concessiones y Medio Ambiente

 

Qui pot realitzar el tràmit

Concesionarios y empresas gestoras de suministros o servicios, administraciones.

 

Documentació a presentar

  1. Solicitud debidamente completada

  2. Documentación acreditando la representación en caso de actuar en nombre de un tercero.

  3. Memoria, la más completa posible de la actuación a realizar y duración estimada de los trabajos.

  4. Plano detallado de ubicación de la actuación

  5. Cualquier otra documentación que se considere relevante

 

Com iniciar el tràmit

La Ley 39/2015, del 2 de octubre, del procedimiento común de las Administraciones públicas, en su artículo 14.2. cita a los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas.

Asimismo, la Ley reconoce el derecho de las personas físicas a escoger en todo momento si se comunican con las administraciones a través de medios electrónicos o no, a menos que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones públicas. El medio escogido por la persona para comunicarse con las Administraciones públicas podrá ser modificado por la persona física en cualquier momento.

  • Telemàticament

    Para presentar la documentación electrónicamente es indispensable estar en posesión de un certificado digital como el DNI electrónico o un certificado de alguna Autoridad de Certificación como la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o CatCert. Si no dispone de uno, en la página de preguntas frecuentes tiene información de cómo conseguirlo.

    Estando en posesión de vuestro certificado válido podéis entregar la documentación al registro electrónico.

    Horario: servicio disponible las 24 horas, cualquier día.

    IMPORTANTE: El registro electrónico tiene una limitación de tamaño de 10MB, si la documentación supera este tamaño límite, deben seguirse los siguientes pasos:

    1. Entregar la solicitud y otra documentación, a excepción del documento pesado, a través del registro electrónico del Puerto de Barcelona. Debe indicarse en el apartado "Expone" que la documentación pesada se entregará aparte en la plataforma habilitada para estos casos.
    2. Preparar la documentación pesada. Si está compuesta por más de un documento, debe prepararse un solo fichero formato .zipEn cualquier caso, el nombre del fichero siempre debe identificarse con el código de registro de entrada que se obtuvo al realizar el paso 1 (el código que debe indicar tiene el siguiente aspecto: REGAGE23e000XXXXXXXX).
    3. Acceder a la plataforma HCPAW del Port de Barcelona y cargar la documentación pesada. Si la carga finaliza con éxito aparecerá el mensaje "carga completada" en verde, en la parte superior derecha de la pantalla. No se obtendrá ningún comprobante al finalizar este proceso.
    4. El tiempo transcurrido entre el registro de entrada del paso 1 y la carga de la documentación pesada del paso 3 no puede superar 1 hora.

    Si no se cumplen los pasos anteriores, la documentación será rechazada.

  • Presencialment

    Servicio de Acceso Unificado:

     

    Edificio Este del World Trade Center

    Planta baja

    Muelle de Barcelona s/n

    08039 Barcelona 

     

    Tel.: 93 298 60 00 

     

 

Termini màxim legal de notificació

Tres meses

 

Termini habitual de resolució

veintiún días

 

Silenci administratiu

Negativo

 

Taxes o tarifes aplicables

No se aplica ninguna tasa

 

Normativa aplicable

Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.


 

 

 

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