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Solicitud del servicio de alimentación eléctrica puntual al atraque 18A del Muelle Barcelona Norte

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Solicitud del servicio de alimentación eléctrica puntual a barcos en el atraque 18A del Muelle Barcelona Norte

Descripció del tràmit

Procedimiento por el cual los barcos que deseen conexión eléctrica al suministro del muelle Barcelona Norte realizan una solicitud al Puerto de Barcelona que tramita la petición y realiza la conexión y desconexión para el servicio de luz, tomando lecturas al inicio y final del servicio.

 

Es responsabilidad de TODOS los barcos que conecten al punto de suministro eléctrico del muelle Barcelona Norte comunicar la puesta en marcha de los mismos, y, por lo tanto la finalización<A[finalización|fin]> del servicio de alimentación eléctrica.

Esta comunicación se tendrá que realizar vía telefónica al número de la Unidad de Mantenimiento General: 627591115; paralelamente, el barco tiene que enviar un correo electrónico al correo del Departamento de Conservación y Ayudas a la Navegación (conservacio@portdebarcelona.cat) dejando constancia de la finalización<A[finalización|fin]> del servicio de alimentación eléctrica.

La no comunicación de la finalización del servicio imposibilita la toma<A[toma|presa]> de lecturas finales, hecho que puede derivar a la repercusión de consumos más elevados de los que realmente se han producido. 

 

 

Resultat

Conexión y desconexión al suministro y posterior facturación del servicio

 

Servei al qual pertany

Servicios al buque

 

Departament responsable de la tramitació

Unidad de Mantenimiento (UMG)

 

Qui pot realitzar el tràmit

Los consignatarios de los buques que atraquen en el muelle Barcelona Norte, alineación 18A módulos del 5 al 7, y necesiten suministro eléctrico durante su estancia en el Puerto de Barcelona.

 

Documentació a presentar

  1.   Formulario de solicitud debidamente rellenado.

 

Com iniciar el tràmit

Las solicitudes deben enviarse con un mínimo de 12 horas respecto a la fecha/hora solicitada de suministro

La Ley 39/2015, del 2 de octubre, del procedimiento común de las administraciones públicas, en su  artículo 14.2. cita a los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas.

Asimismo, la Ley reconoce el derecho de las personas físicas a escoger en todo momento si se comunican con las administraciones a través de medios electrónicos o no, a menos que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio escogido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por la persona física en cualquier momento.

  • Telemàticament

    • Telemáticamente

    Para presentar la documentación electrónicamente es indispensable estar en posesión de un certificado digital como el DNI electrónico o un certificado de alguna Autoridad de Certificación como la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o CatCert. Si no dispone de uno, en la página de preguntas frecuentes tiene información de cómo conseguirlo.

    Estando en posesión de vuestro certificado válido podéis entregar la documentación al registro electrónico.

    Horario: servicio disponible las 24 horas, cualquier día.

    Excepción SASEMAR

    En el caso de los buques que pertenecen a la flota de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR), como por ejemplo el buque Punta Mayor, deberán solicitar la alimentación eléctrica pero en su caso de manera telefónica al número la Unidad de Mantenimiento General de la APB (UMG): 627591115.

  • Presencialment

    Sólo para sujetos no obligados

     

    Servicio de Acceso Unificado

    Edificio Este del World Trade Center
    Planta baja

    Muelle de Barcelona s/n

    08039 Barcelona
    Tel.: 93 298 60 00

 

Termini màxim legal de notificació

 

Termini habitual de resolució

 

Silenci administratiu

 

Taxes o tarifes aplicables

La solicitud no tiene coste.


Una vez finalizado el suministro de electricidad, se facturará al solicitante según los siguientes criterios:

El departamento de facturación emite las facturas según los precios establecidos para cada servicio, en todas las solicitudes puntuales. A continuación, se detalla el criterio de cobro por el servicio de electricidad.

 

Datos del suministro

CUPS:                                     ES0418000000005783RQ0F
TARIFA ATR:                            3.0TD

MODALIDAD COMERCIAL:        BAJA TENSIÓN (6 PERIODOS)

POTENCIA CONTRATADA:         70kW

 

Repercusión del término fijo (disponibilidad de potencia)

Se repercutirán los costes fijos de la facturación eléctrica, como el importe proporcional del término de potencia correspondiente a los días que el barco esté atracado.

Repercusión término variable (consumo)

Se repercutirá la Energía Activa y Reactiva (E.A. y E.R.) consumida por el barco, aplicando el precio por el término de E.A. al que obtiene la energía la APB y el precio por el E.R. establecido por RDL, respectivamente.

Repercusión de impuestos y resto de conceptos (alquiler de equipos, bono social, etc.).

Así mismo, los buques deberán abonar proporcionalmente (a razón del número de días de conexión) el resto de los conceptos que aparecen en la facturación eléctrica, tales como el impuesto eléctrico, alquiler de contadores, bono social y el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Conexión especial buques salvamento marítimo (SASEMAR)

En el caso de los buques que pertenecen a la flota de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR), como por ejemplo el buque Punta Mayor, la repercusión de costes se realizará según el Convenio establecido entre las partes (APB y SASEMAR).

 

Normativa aplicable

Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Convenio establecido entre al Autoridad Portuaria de Barcelona y Remolques Maritimos, S.A.

 

 


 

 

 

Enllacos