Es necesario Certificado electrónico
En caso de que exista un trámite específico que se corresponda al tipo de procedimiento que desea iniciar, debe evitarse el uso de la instancia genérica y realizar la tramitación a través del mismo. Asimismo, la respuesta a un requerimiento debe efectuarse por el canal habilitado en el mismo y nunca por instancia genérica.
Se están experimentando problemas con la nueva aplicación Mifactura-e. Estamos trabajando en encontrar una solución. La aplicación Mifactura-e no es propiedad de la Autoridad Portuaria, por lo que hemos abierto incidencia con el organismo responsable del soporte de esta herramienta, y rogamos que ustedes hagan lo mismo si no pueden enviarnos una factura a través de esta herramienta. Para abrir una incidencia por favor diríjanse a https://servicios.administraciondigital.gob.es/index.html.
Gracias y disculpen las molestias.
Procedimiento para el otorgamiento de una concesión para la ocupación del dominio público portuario, con obras o instalaciones no desmontables o usos por plazo superior a tres años.
CÓDIGO SIA: 2264437 – Solicitud de concesión de dominio público portuario.
Departamento de Gestión de Concesiones y Tarifas.
Gestión del territorio.
Cualquier interesado en la ocupación del dominio público portuario, con obras o instalaciones no desmontables o usos por plazo superior a tres años.
Resolución de otorgamiento o denegación de la Concesión administrativa en el dominio público del Puerto de Barcelona.
Ocho meses.
Nota:
Una vez aprobado el otorgamiento de la concesión, la garantía provisional se tendrá que completar hasta el 5% del presupuesto de la obra (en concepto de garantía definitiva).
Después de la aprobación por el Director General del reconocimiento de las obras e instalaciones a ejecutar en la concesión, el concesionario tendrá que constituir la garantía de explotación.
Negativo.
A continuación se enumeran los documentos a presentar. Para saber el detalle de los contenidos de los documentos podéis consultar el documento de requisitos/documentación para la solicitud de concesiones y el pliego de prescripciones técnicas para obras de urbanización dentro de la zona de servicios del puerto de Barcelona.
Escrito de solicitud de la concesión. La solicitud tiene que cumplir los requisitos exigidos. Puede utilizarse una propuesta de plantilla de solicitud, la cual no es de utilización obligatoria.
Documentación justificativa de la acreditación de la personalidad del solicitante.
Certificados de la Seguridad Social y de Hacienda de estar al corriente de los pagos. No es necesario en empresas de nueva creación con una antigüedad inferior a seis meses ni cuando se trate de Entidades de Derecho Público.
Acreditación de la solvencia económica, técnica y profesional para hacer frente a las obligaciones resultantes de la concesión.
Proyecto básico. Debe consultarse los requisitos mínimos según la tipología de proyecto y los formatos de las portadas (Portadas A3, Lomos A3, Portadas A4). Si no se contempla la ejecución de inversiones, será suficiente con un plano o identificación de la ubicación que se solicita.
Memoria económica financiera. En el caso de Entidades de Derecho Público, certificado conforme disponen de partida presupuestaria suficiente para ejecutar el proyecto y/o el gasto asociado a esta ocupación.
Garantía provisional. No se exige en las entidades de Derecho Público. La garantía se podrá constituir mediante transferencia bancaria, cheque bancario o cheque nominativo conformado a nombre de la Autoridad Portuaria de Barcelona, o aval bancario o de Compañía de Seguros autorizada, en cuyo caso la Autoridad Portuaria podrá exigir en su formalización los requisitos que estime convenientes. En caso de aval bancario podéis utilizar a nuestro modelo de aval provisional
Declaración relativa a la información que se considera confidencial, indicando el motivo.
Cualquier otra documentación que se considere pertinente.
Una vez otorgada la concesión, en el caso de que haya obras adjuntar el aval definitivo.
Una vez acabadas las obras, o bien, para aquellas concesiones que no requieren obras, adjuntar el aval de explotación.
En caso de cliente nuevo, por favor, adjuntar:
Si el documento ya está adjuntado en los documentos necesarios anteriores, no hay que volverlo a añadir.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las administraciones públicas, en su artículo 14.2. cita a los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas. Asimismo, la Ley reconoce el derecho de las personas físicas a escoger en todo momento si se comunican con las administraciones a través de medios electrónicos o no, a menos que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio escogido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por la persona física en cualquier momento.
Para presentar la documentación electrónicamente es indispensable estar en posesión de un certificado digital como el DNI electrónico o un certificado de alguna Autoridad de Certificación como la Fábrica Nacional de La Moneda y Timbre o CatCert. Si no dispone de uno, en la página de preguntas frecuentes tiene información de cómo conseguirlo.
Estando en posesión de su certificado válido puede entregar la documentación pulsando el botón «Inicia el trámite online».
Sólo para sujetos no obligados.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las Administraciones públicas, en su artículo 14.2. cita a los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas. Asimismo, la Ley reconoce el derecho de las personas físicas a escoger en todo momento si se comunican con las administraciones a través de medios electrónicos o no, a menos que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones públicas. El medio escogido por la persona para comunicarse con las Administraciones públicas podrá ser modificado por la persona física en cualquier momento.
Servicio de Acceso Unificado (SAU)
De lunes a jueves, de 8 a 17 horas
Viernes, vísperas de festivos y mes de agosto, de 8 a 15 horas
Edificio Este del World Trade Center (Planta baja)
Muelle de Barcelona
s/n 08039 Barcelona
Tel.: 93 298 60 00
Para la presentación presencial entregar la solicitud y la documentación del apartado «Documentación necesaria» accediendo a «Tramitación presencial»:
No se aplica ninguna tasa por este trámite de solicitud.
En caso de otorgarse la concesión se aplicarán las tasas según Capítol II. Régimen económico de la utilización del dominio público y de la prestación de los servicios portuarios
Legislación consolidada