Normativa
Aquí puede encontrar toda la normativa relacionada con la sede electrónica del Puerto de Barcelona
Sede Electrónica
En cumplimiento de la normativa vigente, la Autoridad Portuaria de Barcelona, se ha dotado de una sede electrónica como canal principal para la relación administrativa con cualquier interesado. En el siguiente enlace se puede acceder a consultar y descargar la resolución de creación de la Sede Electrónica de la Autoridad Portuaria de Barcelona:
Registro Electrónico
El Registro Electrónico General es el instrumento administrativo para dejar constancia de la presentación de documentos para su tramitación dirigidos a cualquier órgano administrativo de la Autoridad Portuaria de Barcelona, de acuerdo con lo que dispone la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. De acuerdo con el artículo 16.1 de la Ley 39/2015, el texto íntegro de la norma de creación del registro electrónico debe de estar disponible para su consulta en la sede electrónica:
Protección de datos
Toda la información referente a la Protección de datos la puede encontrar en los siguientes links:
Firma electrónica de clave concertada
Al amparo de lo que prevé el artículo 10.2.c de la Ley 39/2015, la Autoridad Portuaria de Barcelona ha regulado el sistema de firma electrónica basado en clave concertada para actuaciones en la sede electrónica en las que se encuentra específicamente habilitado este sistema y con las garantías que se contienen en la presente resolución:
Firma electrónica
Los medios de identificación y autenticación que los ciudadanos podrán utilizar para relacionarse con las administraciones públicas se recogen en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley 39/2015. La Sede electrónica de la Autoridad Portuaria de Barcelona utiliza la plataforma PSIS para la validación de certificados electrónicos, y por tanto a través del siguiente enlace se pueden consultar los sistemas de identificación y firma admitidos: