Es necesario Certificado electrónico
En caso de que exista un trámite específico que se corresponda al tipo de procedimiento que desea iniciar, debe evitarse el uso de la instancia genérica y realizar la tramitación a través del mismo. Asimismo, la respuesta a un requerimiento debe efectuarse por el canal habilitado en el mismo y nunca por instancia genérica.
Se están experimentando problemas con la nueva aplicación Mifactura-e. Estamos trabajando en encontrar una solución. La aplicación Mifactura-e no es propiedad de la Autoridad Portuaria, por lo que hemos abierto incidencia con el organismo responsable del soporte de esta herramienta, y rogamos que ustedes hagan lo mismo si no pueden enviarnos una factura a través de esta herramienta. Para abrir una incidencia por favor diríjanse a https://servicios.administraciondigital.gob.es/index.html.
Gracias y disculpen las molestias.
La Autoridad Portuaria de Barcelona se ha adherido de forma voluntaria al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe) de la Administració General del Estado. A través de FACe los proveedores podrán presentar sus facturas electrónicas dirigidas a la Autoridad Portuaria de Barcelona.
Para la formalización de las facturas a través de FACe, los proveedores pueden descargarse la aplicación Gestión de Facturación Electrónica Facturae del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, que permite la generación de facturas electrónicas que cumplan el formato de factura electrónica desarrollado por la Administración Pública.
Código SIA: 2510605.
Gestión Económico-Financiera del Port de Barcelona.
Gestión económica y financiera.
Todas las entidades y proveedores del Port de Barcelona que tengan que presentar facturas al Port de Barcelona.
Tramitación facturas de proveedores NO EUROPEOS.
Todos los proveedores que libren bienes o presten servicios a la Autoridad Portuaria de Barcelona podrán presentar facturas por correo electrónico al contacto de la Autoridad portuaria de Barcelona en formato PDF sin incluir firma electrónica o FACTURAE firmado electrónicamente.
Una vez presentada la factura, puede descargarse un justificante de presentación que incluirá un código de verificación seguro (CSV) que le permitirá comprobar la originalidad del documento en cualquier momento en el mismo portal de FACe .
Plazo habitual de resolución
El plazo de resolución corresponde al pago de la factura que se determine de forma que se establezca en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Puede realizar el seguimiento del estado de la factura con el trámite «Seguimiento del estado de las facturas presentadas al Port de Barcelona (FACe)».
Factura electrónica.
El Port de Barcelona está adherido al Punto general de entrada de facturas electrónicas (FACe), de la Administración General del Estado para la recepción de las facturas electrónicas emitidas por sus proveedores en formato facturae con firma electrónica específica de facturae.
¿Cómo iniciar el trámite?
Este trámite solo puede realizarse telemáticamente a través del servicio FACe del Ministerio de Hacienda y Función Pública, mediante la opción «Remitir factura» que encontraréis en la sección «Factura».
Para poder convertir facturas al formato XML, tiene la opción de utilizar la siguiente plataforma a través del siguiente enlace: https://mifacturae.face.gob.es/
Factura electrónica
Es indispensable que los ficheros de factura electrónica entregados al Port de Barcelona se presenten cumpliendo los siguientes requisitos:
A continuación, se amplía el detalle sobre algunos de los requisitos indicados.
Punto general de entrada: FACe
El lugar de presentación de facturas a la APB es la plataforma FACe: -https://face.gob.es/es
Identificación del Órgano administrativo de la APB (Código DIR3)
Si no se identifica correctamente el órgano administrativo, la factura no llegará a la APB. En la factura deben identificarse correctamente los órganos administrativos, cada uno en un campo AdministrativeCentre dentro del campo
> Parties > BuyerParty > AdministrativeCentres, con la siguiente codificación:
| Oficina contable (Rol fiscal “01” y Código “EA0001302”) | <AdministrativeCentre>
<RoleTypeCode>01</RoleTypeCode> <CentreCode>EA0001302</CentreCode> </AdministrativeCentre> |
| Órgano gestor (Rol receptor “02” y Código “EA0001302”) | <AdministrativeCentre>
<RoleTypeCode>02</RoleTypeCode> <CentreCode>EA0001302</CentreCode> </AdministrativeCentre> |
| Unidad tramitadora (Rol pagador “03” y Código “EA0001302”) | <AdministrativeCentre>
<RoleTypeCode>03</RoleTypeCode> <CentreCode>EA0001302</CentreCode> </AdministrativeCentre> |
Si no se identifica correctamente el órgano administrativo, la factura no llegará a la APB.
Una factura electrónica solo puede contener una única factura
Solo se admitirán facturas que contengan una única factura. Es decir: dentro de
> Invoices debe existir un único > Invoice.
Número de factura y número de serie
Todas las facturas deben incluir su número de referencia y, cuando corresponda para el proveedor, el número de serie. Deben informarse en:
Referencia al código presupuestario de la APB
Todas las facturas que se presenten a la APB deben informar, en el campo correspondiente, el código presupuestario de la APB. Esta referencia aparece en los pedidos de la APB. En los casos en los que no se disponga de esta referencia, antes de enviar la factura deberá ponerse en contacto con el departamento de la APB que realizó el encargo para que le facilite el código correspondiente. Este número debe informarse en:
> Invoices > Invoice > Items > InvoiceLine > FileReference
Referencia al número de pedido de la APB
Todas las facturas que se presenten a la APB deben informar, en el campo correcto, la referencia al número de pedido de la APB. Esta referencia aparece en los pedidos de la APB. Si no se dispone de esta referencia, antes de enviar la factura deberá ponerse en contacto con el departamento de la APB que realizó el encargo para que facilite el número de pedido. En los casos en que no se informe en el campo correcto, o el número de pedido no coincida con el número de pedido de la APB, las facturas serán devueltas automáticamente. Este número debe informarse en:
> Invoices > Invoice > Items > InvoiceLine > ReceiverTransactionReference
Referencia al número de contrato/expediente de la APB
En los casos en que las facturas deriven de un contrato mayor, deberá informarse también el número de contrato de la APB (código departamental del expediente de contratación). Este número debe informarse en:
> Invoices > Invoice > Items > InvoiceLine > ReceiverContractReference
Una factura solo puede referirse a un pedido y/o contrato de la APB
Cada factura presentada a la APB solo puede referirse a un único pedido de la APB.
Por tanto, no se admitirán facturas que hagan referencia a más de un pedido de la APB.
Período de la operación que se factura
El Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, exige la inclusión de la fecha de la operación.
Esta información debe especificarse en dos campos:
| Fecha inicio del período (Formato AAAA-MM-DD) | Invoices > Invoice > InvoiceIssueData >InvoicingPeriod > StartDate |
| Fecha final del período (Formato AAAA-MM-DD) | Invoices > Invoice > InvoiceIssueData >InvoicingPeriod > EndDate |
Este período debe ser único para toda la factura.
Coincidencia de referencia de factura con la presentada al SII
Las facturas presentadas por empresas obligadas a informar sus facturas al Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII):
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ca_es/iva/suministro-inmediato-informacion.html serán contrastadas y, en caso de que no coincidan, la APB las rechazará. La concatenación de la serie de la factura (InvoiceSeriesCode) y el número de factura (InvoiceNumber) debe coincidir exactamente entre lo presentado en el SII y en la APB. Por ejemplo: Si la serie es “ASFG” y el número de factura es “2025/4032”, en el SII debe constar: “ASFG 2025/4032” y no valores como “ASFG-2025/4032” o “ASFG2025-4032”. La referencia presentada en el SII debe ser la concatenación de la serie y el número de factura separados por un espacio en blanco, tal como recomienda la AEAT, sin modificaciones.
Factura PDF legible para personas
En los casos acordados entre la APB y el proveedor, las facturas presentadas en formato Facturae deben ir acompañadas de un PDF legible por una persona, donde consten todos los conceptos y líneas de detalle de la factura, y que sea imprimible.
Comprobantes del servicio (albaranes, etc.)
En los casos acordados entre la APB y el proveedor, las facturas deberán acompañarse de los documentos o albaranes que incluyan información complementaria sobre el detalle de los consumos o servicios a los que se refiere la factura, o cualquier otra información requerida por el Port de Barcelona, por ejemplo, en el pliego de cláusulas administrativas particulares del contrato relacionado con la factura.
Causas por las que la APB rechazará las facturas
Las facturas serán rechazadas cuando:
Cómo hacer el seguimiento de las facturas FACe
Los proveedores pueden realizar el seguimiento del estado de las facturas presentadas a la APB mediante la web de FACe o mediante sus propios programas.
Los estados que la APB comunica a través de FACe son:
Para más información sobre los requisitos que debe cumplir la factura electrónica presentada al Port de Barcelona y sobre cómo generarla, puede consultarse:
www.facturae.gob.es/
Otros documentos adjuntos.
También podrán presentarse los adjuntos a la factura que se considere oportuno, como la factura en formato pdf, documentos con información complementaria sobre el detalle de los consumos a los que se refiere la factura o cualquier otra información requerida por el Port de Barcelona, por ejemplo, en el pliego de condiciones administrativas particulares del contrato relacionado con la factura.
Para más información sobre los requisitos que debe cumplir la factura electrónica para ser presentada al Port de Barcelona y cómo puede generarla, puede consultar el enlace: www.facturae.gob.es
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las Administraciones públicas, en su artículo 14.2. cita a los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas. Asimismo, la Ley reconoce el derecho de las personas físicas a escoger en todo momento si se comunican con las administraciones a través de medios electrónicos o no, a menos que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones públicas. El medio escogido por la persona para comunicarse con las Administraciones públicas podrá ser modificado por la persona física en cualquier momento.
Este trámite solo podrá realizarse de forma telemática a través del servicio FACe del Ministerio de Hacienda y Función Pública a través de la opción «Remitir factura» que encontrará en la sección «Factura»
Una vez presentada la factura, tendrá la opción de descargar un justificante de presentación que incluirá un código de verificación seguro (CSV) que le permitirá comprobar la originalidad del documento en cualquier momento en el mismo portal FACe.
Este trámite solo podrá realizarse de forma telemática.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las Administraciones públicas, en su artículo 14.2. cita a los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas. Asimismo, la Ley reconoce el derecho de las personas físicas a escoger en todo momento si se comunican con las administraciones a través de medios electrónicos o no, a menos que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones públicas. El medio escogido por la persona para comunicarse con las Administraciones públicas podrá ser modificado por la persona física en cualquier momento.
Servicio de Acceso Unificado (SAU)
De lunes a jueves, de 8 a 17 horas
Viernes, vísperas de festivos y mes de agosto, de 8 a 15 horas
Edificio Este del World Trade Center (Planta baja)
Muelle de Barcelona
s/n 08039 Barcelona
Tel.: 93 298 60 00
Para la presentación presencial entregar la solicitud y la documentación del apartado «Documentación necesaria» accediendo a «Tramitación presencial»:
No se aplican tasas/tarifas en este trámite.
Legislación consolidada